Tener empleados implica dos tipos de trabajo, por un lado el que se hace cada mes sin que nadie lo vea (nóminas, contratos, altas y bajas en Seguridad Social) y por otro, el que aparece cuando surge algo como un despido o una inspección de Trabajo. Aquí nos encargamos de los dos. Y cuando el caso cruza con lo jurídico o lo fiscal, no tienes que buscar a nadie más porque lo resolvemos desde el mismo despacho.
¿Tienes un despido que gestionar, una inspección que contestar o las nóminas descontroladas? Cuéntanoslo. La primera conversación es sin compromiso. Llámanos al 976 399 191 o escríbenos a info@obonturlan.com
Cómo te ayudamos con la gestión laboral
Tres bloques de trabajo que cubren lo que toca cada mes, lo que aparece cuando hay un conflicto con un trabajador y lo que conviene tener al día aunque nadie te lo pida
Nóminas, contratos y Seguridad Social
Deja en manos de nuestro equipo las nóminas mensuales de tu plantilla, la redacción de los contratos en sus distintas modalidades (indefinidos, temporales por circunstancias de la producción o sustitución, formativos en sus dos modalidades, de relevo) y la gestión de las altas, bajas y variaciones en Seguridad Social. Calculamos finiquitos, prorrateos de pagas extra y prestaciones de incapacidad temporal. Si tu empresa contrata por primera vez o aumenta plantilla, te orientamos sobre qué modalidad contractual te conviene en cada caso, qué bonificaciones puedes aplicar y qué obligaciones formales asumes.
Despidos, conciliaciones y negociación colectiva
Cuando hay un conflicto con un trabajador o con la representación legal de la plantilla, asumimos la gestión completa. Redactamos cartas de despido objetivo o disciplinario, calculamos indemnizaciones, te representamos en la conciliación previa obligatoria (SMAC o el organismo equivalente según la comunidad autónoma) y, si el caso escala a juicio, llevamos la defensa en el Juzgado de lo Social. En negociación colectiva, te asesoramos en la elaboración o revisión del convenio de empresa, en la negociación con el comité o los delegados de personal y en la gestión de conflictos colectivos. Si el caso cruza con cuestiones jurídico-mercantiles más amplias, lo coordinamos con el área jurídica del despacho.
Prevención de riesgos laborales e inspecciones de Trabajo
Te asesoramos sobre las obligaciones del empresario en materia de prevención de riesgos laborales, vigilancia de la salud y formación obligatoria. Si te llega un acta o un requerimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, asumimos la defensa desde el primer escrito, contestamos a las propuestas de sanción y, si procede, presentamos recurso. Noemi Obón Avellana, responsable del área, cuenta con la titulación de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, lo que nos permite trabajar con conocimiento técnico directo de la materia.
Para quién trabajamos
En lo laboral acompañamos sobre todo a empresas con plantilla, pero también a autónomos con empleados a su cargo. Estos son los perfiles principales
- Pymes con plantilla (sociedades limitadas y anónimas con 10 a 50 empleados). Gestión completa de nóminas, contratación, Seguridad Social, defensa en juicios sociales y negociación colectiva.
- Empresas familiares consolidadas. Coordinación de la fiscalidad y la gestión laboral cuando la plantilla incluye familiares con regímenes especiales (autónomos colaboradores, administradores en régimen general asimilado).
- Autónomos con empleados a su cargo. Alta de trabajadores en Seguridad Social, contratos sencillos, cumplimiento de obligaciones laborales mínimas y respuesta a inspecciones.
- Asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro. Particularidades laborales de las entidades del tercer sector, contratación bonificada cuando procede y obligaciones específicas de transparencia.
- Comunidades de regantes y entidades del medio rural aragonés. Conocemos el régimen especial agrario de la Seguridad Social, la contratación de trabajadores de temporada y los convenios colectivos del campo aragonés. Asesoramos también cuando aparecen conflictos con trabajadores fijos discontinuos o inspecciones relacionadas con la campaña.
- Colegios mayores y entidades educativas. Gestionamos la contratación bajo el convenio colectivo de enseñanza, las particularidades laborales del personal auxiliar, monitores y becarios, y las obligaciones específicas de transparencia y prevención que aplican a estas entidades.
Quién dirige el área laboral
El área laboral la dirige Noemi Obón Avellana, socia directora del despacho
Abogada colegiada nº 4579 — Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza · Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (especialidades en Seguridad e Higiene y Psicosociología)
Socia directora · Responsable del área laboral.
Especializada en Derecho Laboral, negociación colectiva y conflictividad judicial y extrajudicial. Coordina la gestión laboral de los clientes del despacho y resuelve los conflictos sociales que aparecen en una empresa con plantilla. Cuenta con conocimiento técnico directo en prevención de riesgos laborales, lo que permite asesorar también sobre las obligaciones del empresario en esta materia.
Consultoría laboral
Una abogada laboralista colegiada al frente del área.
El Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza (REICAZ) acredita a Noemi Obón Avellana como abogada en ejercicio (colegiada nº 4579), lo que la sujeta a un código deontológico, a formación continuada y a responsabilidad profesional ante el cliente. Esto importa especialmente en lo laboral porque las decisiones se toman bajo presión (un despido que hay que ejecutar en plazo, una conciliación inminente, una inspección que llega sin avisar) y en esos momentos contar con una profesional cuya práctica está supervisada por su colegio marca diferencia.
Trabajamos también con Qualitax cuando la actividad laboral del cliente alcanza otras provincias y conviene coordinarse con despachos locales.

Preguntas Frecuentes
¿Cuándo conviene cambiar de asesor laboral?
Cuando notas tres síntomas. Uno, que las nóminas llegan con errores recurrentes o fuera de plazo. Dos, que cuando aparece un conflicto con un trabajador (un despido, una baja larga, una reclamación) tu asesor te deriva fuera o tarda en contestar. Tres, que la cuota fija crece pero la atención no mejora. Si te reconoces en alguno, conviene al menos pedir una segunda opinión. Si encajamos, te pasamos propuesta. Si no, te decimos sinceramente qué creemos que deberías ajustar.
¿Qué obligaciones laborales tiene una empresa con empleados en Zaragoza?
Las mismas que en cualquier otra parte de España, porque la legislación laboral es estatal. Una empresa con trabajadores en Zaragoza tiene que dar de alta a sus empleados en la Seguridad Social antes del inicio de la actividad, formalizar contrato por escrito en la mayoría de los casos, pagar las nóminas con sus correspondientes retenciones de IRPF y cotizaciones, presentar los boletines mensuales de cotización (RNT y RLC), formalizar las altas y bajas de incapacidad temporal, cumplir con las obligaciones de prevención de riesgos laborales (evaluación, formación, vigilancia de la salud), aplicar el convenio colectivo que le corresponda y respetar los plazos y procedimientos cuando haya extinciones, modificaciones sustanciales o sanciones. Toda empresa con personas asalariadas debe además llevar el registro retributivo desde 2021. Si la plantilla supera ciertos umbrales, se añaden obligaciones específicas como elecciones sindicales o plan de igualdad.
¿Cuál es la diferencia entre un despido objetivo y un despido disciplinario?
El despido objetivo se basa en una causa no imputable al trabajador (causas económicas, técnicas, organizativas o productivas, ineptitud sobrevenida o falta de adaptación a modificaciones técnicas del puesto) y conlleva el pago de una indemnización de 20 días de salario por año trabajado con un tope de 12 mensualidades, además de un preaviso de 15 días. El despido disciplinario se basa en un incumplimiento grave y culpable del trabajador (faltas reiteradas de asistencia, indisciplina, ofensas, transgresión de la buena fe) y, si se declara procedente, no genera derecho a indemnización ni preaviso. Sin embargo, si el juzgado declara el despido improcedente (lo cual ocurre cuando no se acredita debidamente la causa o no se cumplen las formalidades), la empresa debe pagar 33 días por año trabajado con tope de 24 mensualidades o readmitir al trabajador. Por eso, antes de proceder a un despido, conviene revisar bien la causa, las pruebas y el procedimiento. Una carta de despido mal redactada o una causa mal acreditada puede convertir una decisión legítima en una indemnización mucho mayor.
¿Qué hago si me llega una inspección de Trabajo?
No firmes nada todavía. Una visita o un requerimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social no se contesta a la ligera. La inspección puede pedir documentación (contratos, nóminas, partes de alta, evaluaciones de riesgos), citarte a comparecencia o levantar un acta in situ. Tienes derecho a estar asistido por tu asesor laboral durante todo el procedimiento y a presentar alegaciones antes de que se emita la propuesta de sanción. En Obón Turlán llevamos defensa frente a la Inspección de Trabajo desde hace décadas. Si te encuentras en esta situación, llámanos cuanto antes al 976 399 191, porque los plazos para alegar son cortos y cuanto antes empecemos, mejor podemos preparar la defensa.
¿Hacéis prevención de riesgos laborales (PRL)?
Te asesoramos sobre tus obligaciones en materia de prevención y sobre las consecuencias legales de no cumplirlas. La responsable del área cuenta con la titulación de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, lo que nos permite revisar contigo qué exige la normativa a tu empresa según actividad y plantilla, ayudarte a elegir un Servicio de Prevención Ajeno (SPA) acreditado cuando lo necesites y supervisar que cumple con lo que la ley le exige. La gestión técnica de la prevención propiamente dicha (evaluación de riesgos, planes de prevención, vigilancia médica de la salud) la realiza por ley una entidad acreditada como SPA, no una asesoría laboral. Trabajamos en coordinación con la entidad que elijas para que tus obligaciones queden cubiertas sin solapamientos ni vacíos. Si quieres que revisemos qué obligaciones tiene tu empresa en materia de PRL según tu actividad y el tamaño de tu plantilla, llámanos al 976 399 191 o escríbenos a info@obonturlan.com. Sin compromiso.
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